Asamblea Jáchal No Se Toca: El control minero en San Juan está a cargo de la Barrick Gold

Asamblea Jáchal No Se Toca: El control minero en San Juan está a cargo de la Barrick Gold

Desde Asamblea Jáchal No Se Toca, basándonos en el Acta de constatación notarial del 17 de noviembre de 2025, presentamos, el miércoles 10 de diciembre, una Carta Documento a la Ingeniera Graciela Arredondo, Directora del CIPCAMI (Centro de Investigación para la Prevención de la Contaminación Ambiental Minero Industrial) por los graves hechos que se sucedieron ante la muerte de miles de peces en el Dique Cuesta del Viento acaecida desde el 3 de noviembre de 2025, y que revelaron el descontrol minero en san juan:

 

 

“Ud. el 17 de noviembre de 2025 ANTE UN ESCRIBANO PÚBLICO aseveró que se hicieron los análisis de la toma de muestras del 5 de noviembre de 2025 en el río La Palca, antes de la confluencia con el río Blanco, y luego ESOS RESULTADOS DE MERCURIO Y OTROS METALES PESADOS NO SE COLOCARON EN EL INFORME OFICIAL QUE UD. FIRMÓ.”

“Ud. se ha prestado para ENGAÑAR, firmando un primer informe fechado el 6/11/2025 con dos páginas, diciendo que “CIPCAMI realiza periódicamente monitoreo de calidad de agua de la cuenca del Río Jáchal.” En este informe, Ud. NO INFORMA los resultados de mercurio ni de los otros metales pesados obtenidos en los primeros 10 meses de 2025, NO INFORMA cuántos monitoreos realizó el CIPCAMI en ese periodo, y NO INFORMA las fechas de esos monitoreos.”

“Luego se ha prestado para ENCUBRIR, firmando con fecha 26/11/2025, diciendo “El día 5/11/2025 CIPCAMI realizó monitoreo de calidad de agua en el Dique Cuesta del Viento en los siguientes puntos: PMP9; Punto 1; Río Iglesia y Embarcadero Náutica.” Todos estos puntos de muestreo son 80 kilómetros más abajo del PMP7 (Río La Palca, antes de la confluencia con en el Río Blanco, con coordenadas -29°33’29,33” -69°11’38,80”). Y NO PRESENTÓ en ese informe LA TOMA DE MUESTRA QUE REALIZÓ EL CIPCAMI EL 5/11/2025 EN PMP7, QUE ES EL PUNTO DE MUESTREO PROVINCIAL DEL RÍO LA PALCA QUE VIENE DE LA MINA VELADERO.”

“UD. OCULTÓ EL RESULTADO DEL MERCURIO EN EL RIO LA PALCA incumpliendo con la Ley 24.585 que establece los niveles guía de la actividad minera (en donde el Mercurio Total no debe exceder de 0,0001 mg/L).”

“De este último informe surge que la SGAyCM, el 06/11/2025 llevó esas muestras al LABORATORIO DE SGS, que es el laboratorio externo de BARRICK GOLD, para que analice aniones y metales. El laboratorio externo de la Barrick Gold analizó las muestras de agua con fecha 13/11/2025 y 20/11/2025, bajo el Protocolo de análisis N°:1307/2025 con fecha de emisión: 26/11/2025, emitiendo el Informe de Ensayo MA25-01309 y Ud. firmó esos resultados como propios siendo esto MUY GRAVE porque Ud. tiene los resultados del laboratorio del CIPCAMI en su poder y los ha ocultado o ha hecho desaparecer.”

“Tiene tres días hábiles para responder esta carta documento y específicamente: ¿quién le pidió que oculte esas pruebas o que las haga desaparecer, o si las ocultó o hizo desaparecer por decisión propia?”

“Con este accionar Ud. ha cometido varios delitos tipificados en el Código Penal: Falsedad Ideológica en Instrumento Público (art. 293, por callar una verdad relevante en un informe oficial); Encubrimiento agravado (art. 277, por ocultar pruebas del envenenamiento de agua o hacer desaparecer esas pruebas) e incumplimiento de los deberes de funcionarios público (art. 248 y 249).”