Claves para gestionar la autorización de trabajo adolescente protegido

Claves para gestionar la autorización de trabajo adolescente protegido

El Ministerio de Gobierno informó las condiciones que deben cumplirse para que adolescentes de 16 y 17 años puedan incorporarse al mercado laboral de manera formal, segura y sin afectar su trayectoria educativa.

El Ministerio de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Trabajo, recordó que la legislación vigente regula el trabajo adolescente protegido, una modalidad que permite a jóvenes desempeñarse en empleos formales bajo condiciones específicas que resguardan su integridad física, sus derechos laborales y la continuidad de sus estudios.

La Ley N.º 26.390 establece el marco legal para el trabajo adolescente protegido, que comprende a personas de entre 16 y 17 años que pueden acceder al empleo siempre que cuenten con la autorización expresa de sus padres, madres, tutores o responsables legales, excepto en casos de emancipación.

¿Cuáles son los derechos de los adolescentes trabajadores?

Al trabajar de manera protegida y formal, los adolescentes tienen garantizados los siguientes derechos:

Vacaciones: 15 días por año.

Descanso: 2 horas al mediodía si trabajan jornada partida.

Remuneración igualitaria: Mismo salario que un adulto por igual tarea.

Registro laboral: Su relación laboral debe estar formalizada.

Continuidad educativa: Es obligatorio que sigan cursando estudios (Ley 26.206).

Protección sindical y legal: Pueden afiliarse a un sindicato, estar cubiertos por una ART y realizar reclamos administrativos o judiciales si lo requieren.

¿Qué está prohibido?

Con el objetivo de proteger su salud física y emocional, hay restricciones clave para el trabajo adolescente:

Está prohibido realizar tareas penosas, peligrosas o insalubres (según Decreto N.º 1.117/16).

No pueden trabajar más de 6 horas diarias o 36 semanales en zonas urbanas, o más de 32 horas semanales en zonas rurales (excepto con autorización especial).

No pueden hacer horas extra.

No se permite el trabajo nocturno: de 20:00 a 6:00 horas en zonas urbanas, y de 20:00 a 5:00 horas en zonas rurales.

Obligaciones del empleador

Para poder contratar a un adolescente en el marco del trabajo protegido, los empleadores deben:

Gestionar la Clave de Alta Temprana (CAT) antes de la incorporación.

Registrar al adolescente en la obra social correspondiente.

Contar con una póliza de seguro o ART vigente.

¿Cómo se gestiona la autorización?

El trámite puede iniciarlo el propio empleador (con autorización firmada por los padres o tutores) o directamente los adultos responsables del adolescente.

El interesado debe dirigirse a la Subsecretaría de Trabajo ubicada en Santa Fe 54 oeste, primer piso, Ala Sur, de lunes a viernes, de 8 a 12 horas.

Documentación necesaria:

Nota del empleador con detalle de tareas, horario, lugar y condiciones laborales.

Formulario firmado por el menor y sus padres o tutores.

Fotocopias de DNI (menor y padres o tutor).

Partida de nacimiento actualizada.

Certificado de escolaridad (original o libreta).

Certificado médico original.

Póliza de Seguro o ART.

En caso de tutela, la resolución judicial correspondiente.