Jáchal, Fábrica de Explosivos: La Justicia intimó al Intendente Matías Espejo a que “presente todas aquellas actuaciones y antecedentes documentales que obren en su poder, relacionados con la supuesta entrega en comodato del inmueble”

El 30 de abril de 2025 la Municipalidad de Jáchal recuperó el predio donde funcionaba la Fábrica de Explosivos, dentro del marco de la Ordenanza Municipal Nº 2325/2011, que declaró la utilidad pública del inmueble y autorizó su expropiación.
En el mes de junio el Intendente Matías Espejo le entregó a la Empresa Thor Tecnología Minera S.A sin ningún respaldo legal – institucional pertinente, el predio municipal para el usufructo privado.
Al momento del anuncio, el Intendente de Jáchal, Matías Espejo, dijo: “Esta decisión, llegó luego de más de seis meses de análisis, gestiones técnicas y evaluación de propuestas, representa la recuperación concreta de un espacio clave para la historia y el futuro industrial del departamento”.
La empresa Sanjuanina MINEXA S.A, miembro del Consejo Empresario y Profesional de San Juan, había presentado ante la Municipalidad de Jáchal al propuesta registrada en el Expediente Nº 614/25 Letra M, con fecha 31/01/25, para el desarrollo de un Polo Empresarial en dicho predio.
El proceso de adjudicación no fue tratado y mucho menos aprobado por el Concejo Deliberante de Jáchal. La Ley 430-P (que rige las municipalidades de Segunda Categoría como Jáchal), en su art. 48º dice: “Corresponde al Concejo dictar su Reglamento Interno y Ordenanzas relativas a las siguientes materias: en el inciso 22º dice: Dictar las normas relativas a la contratación de la prestación de servicios públicos, otorgamiento de permisos y concesiones a particulares, con límites de tiempo”.
La Empresa Minexa S.A. denunció penalmente la acción del Intendente Matías Espejo, y en las medidas preliminares de la causa el Juez Eduardo Vega emplazó en diez días, a la Municipalidad de Jáchal, mediante cedula de notificación judicial:
“San Juan, 11 de agosto de 2025. Por cuanto la petición aparece fundada y en atención a lo establecido por los arts. 281 inc.14, y 283 a 285 del CPC, intímese a la Municipalidad-de Jáchal para que en el plazo de 1 O días de notificada del presente acompañe a estos autos los originales -o en su caso una copia debidamente certificada- de todas aquellas actuaciones y antecedentes documentales que obren en su poder, relacionados con la supuesta entrega en comodato del inmueb1e ubicado en Ruta Na6ional 150 No 240 (ex fábrica de Explosivos de Fabricaciones Militares), a la empresa Thor Tecnología Minera S.A., bajo apercibimiento de cargar -en caso de ser demandado/a- con las costas del juicio en caso de incomparencia, sin perjuicio de la eventual aplicación de una multa de hasta diez veces el importe de las costas devengadas en la presente diligencia…”
El escrito judicial fue recibido el día miércoles 13 de agosto por un funcionario de Mesa de Entradas de la Municipalidad de Jáchal, Autos Nº365/25 "MINEXA S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE JACHAL s/ MEDIDAS PRELIMINARES"
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